Código Civil Artículo 319 sextus Estado de Chiapas
Código Civil
Artículo 319 sextus.
LOS INTEGRANTES DE LA FAMILIA QUE INCURRAN EN VIOLENCIA FAMILIAR, DEBERAN REPARAR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE SE OCASIONEN CON DICHA CONDUCTA, CON AUTONOMIA DE OTRO TIPO DE SANCIONES QUE ESTE Y OTROS ORDENAMIENTOS LEGALES ESTABLEZCAN. EN TODAS LAS CONTROVERSIAS DERIVADAS DE VIOLENCIA FAMILIAR, EL JUEZ DICTARA LAS SIGUIENTES MEDIDAS CAUTELARES:
I.- ORDENAR LA EXCLUSION DEL AGRESOR DEL DOMICILIO DEL GRUPO FAMILIAR;
II.- PROHIBIR AL AGRESOR EL ACCESO AL DOMICILIO DEL GRUPO FAMILIAR, ASI COMO A LOS LUGARES DE TRABAJO O DE ESTUDIO DE LA VICTIMA.
III.- PROHIBIR AL AGRESOR QUE SE APROXIME A LAS VICTIMAS.
IV.- ORDENAR LA EXCLUSION DEL AGRESOR Y EL REINGRESO DE LA VICTIMA AL DOMICILIO DEL GRUPO FAMILIAR, CUANDO ESTA POR RAZONES DE SEGURIDAD PERSONAL HA DEBIDO SALIR DEL MISMO;
V.- DECRETAR Y ASEGURAR PROVISIONALMENTE ALIMENTOS.
VI.- APERCIBIR AL AGRESOR PARA QUE SE ABSTENGA DE DILAPIDAR LOS BIENES DE LA FAMILIA.
EN CASO DE REINCIDENCIA O DESOBEDIENCIA A ESTAS MEDIDAS, EL JUEZ DECRETARA MULTA DE 10 HASTA 150 DIAS DE SALARIO MINIMO VIGENTE EN LA ENTIDAD.
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil
No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
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